domingo, 4 de octubre de 2009

Cooperadora de una Escuela

MIEMBROS Y FUNCIONES


PRESIDENTE. Deberes y atribuciones del mismo:

• Representar legalmente a la cooperadora.
• Reunir la comisión directiva para las sesiones de la misma presidiendo el debate.
• Convenir con el asesor los días y horarios de las reuniones de la comisión directiva.
• Presidir las asambleas y desempatar con su voto en caso de empate.
• Firmar, conjuntamente con el tesorero y/o secretario, órdenes de pago, cheques y demás documentos.
• Revisar mensualmente los balances de tesorería.
• Cumplir y hacer cumplir el estatuto y las resoluciones de las asambleas y de la comisión directiva.
• Delegar temporariamente en un vocal titular (o vicepresidente) el mando durante las sesiones y asambleas a fin de participar en el debate.

VICEPRESIDENTE. Deberes y atribuciones del mismo:

• Reemplazar al presidente en caso de ausencia u otros impedimentos, con los mismos derechos y obligaciones.

SECRETARIO. Deberes y atribuciones del mismo:

• Redactar y firmar las actas conjuntamente con el presidente.
• Redactar las comunicaciones, correspondencias y documentación en los libros correspondientes.
• Refrendar la firma del presidente en todo documento que emane de la cooperadora.
• Citar a los miembros de la comisión directiva y darles cuenta de las comunicaciones que se reciban en virtud del cargo que invisten.
• Firmar conjuntamente con el presidente y/o tesorero órdenes de pago, cheques y demás documentos que importan la creación de derechos y obligaciones.

PROSECRETARIO. Deberes y atributos del mismo:

• Reemplazar al secretario en caso de ausencia u otros impedimentos con los mismos derechos y obligaciones que aquel.
• Prestará su colaboración cuando las necesidades lo requieran.

TESORERO. Deberes y atribuciones del mismo:

• Recibir dinero que ingrese en caja, siendo responsable directo de lo que recaude.
• Recibir de su antecesor, por intermedio del presidente y bajo inventario, los documentos de crédito y débito, dinero, útiles, etc.
• Depositar los fondos en el banco.
• Presentar a la comisión directiva un balance mensual con comprobantes, el que será refrenado por el presidente, secretario y revisores de cuenta.
• Organizar el servicio financiero de la entidad de acuerdo a los propios recursos y llevar un libro para tesorería, otro de registros de socios y la documentación auxiliar que estime necesaria.
• Verificar los pagos ya autorizados por la comisión directiva, exigiendo factura estampillada cuando corresponda.
• Firmar conjuntamente con el presidente y/o secretario las órdenes de pago, cheques y demás documentos que importen la creación de derechos y obligaciones.

PROTESORERO. Deberes y atribuciones del mismo:

• Reemplazar al tesorero en caso de ausencia u otros impedimentos con iguales derechos y obligaciones que el mismo.

VOCALES TITULARES. Deberes y obligaciones de los mismos:

• Concurrir a las sesiones.
• Desempeñar las comisiones que se les asignen.

VOCALES SUPLENTES. Deberes y atribuciones de los mismos:

• Reemplazar a los vocales titulares en caso de ausencia, renuncia u otros impedimentos.
• Desempeñarán las comisiones que se les asignen.



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